CARTEL

Avisos Legales

En Pichilemu, a veintitrés de marzo del año dos mil dieciocho, este CONSERVADOR DE BIENES RAÍCES, procede a poner a disposición del público la siguiente solicitud de inscripción conservatoria de fecha: veintidós de marzo de dos mil dieciocho: De conformidad al artículo 693 del Código Civil, y al artículo 58, del Reglamento del Registro Conservatorio de Bienes Raíces, ante mí, Juan Pablo Urzúa Ortiz de Rozas,Notario Público, Conservador de bienes Raíces y Archivero Judicial: don DANIEL BENAVENTE ANINAT, chileno, agricultor, casado y separado de bienes, domiciliado en Parcela N° 52, comuna de Longaví, cédula nacional de identidad 8.001.964-5, don CRISTIÁN ANDRÉS MATURANA CAMPOS, chileno, ingeniero comercial, casado, domiciliado en calle Blanco N° 15 B-1, Santiago, cédula nacional de identidad 7.205.780-5, y don GUILLERMO FRANCISCO NIEDMANN ESPINOZA, chileno, ingeniero comercial, casado y separado de bienes, del mismo domicilio que el anterior, cédula nacional de identidad 7.805.181-7, solicitan que conforme a la legislación citada, la inscripción conservatoria de una propiedad raíz rural, no inscrita anteriormente, de la que son dueños en proporción de un 45%, 25% y 30%, respectivamente; ubicada en Chacurra, Sector Cáhuil, comuna de Pichilemu, provincia Cardenal Caro, Región del Libertador Bernardo O'Higgins, llamada LOTE 2, de una superficie de 57.688,00 metros cuadrados, y que tiene los siguientes deslindes especiales: NORTE, con sucesión Humberto Galarce, en 367,11 metros, cerco de por medio; SUR, con sucesión Elena Polanco Galarce, en 362,21 metros, cerco de por medio; ORIENTE, con Lote 1, de Daniel Benavente y otros, en línea quebrada, de 6,00 metros con servidumbre de tránsito, y en 150,50 metros, cerco de por medio, y PONIENTE, con playas del mar, en 153,67 metros, cerco de por medio; predio que hubieron en común, en las siguientes escrituras públicas de compraventa de derechos: de 26 de julio de 2007, ante el Notario de Santiago, don Juan Eugenio del Real Arenas, por la que don Fernando Guillermo Toledo Castillo, vende a don Daniel Benavente Aninat; de 2 de abril de 2001, y 22 de agosto de 2001, ambas ante el Notario de San Miguel, don René Antonio Santelices Gamboa, por la que don Mario Raúl Werner Fuentealba, vende a don Cristián Andrés Maturana Campos, y a don Daniel Benavente Aninat; y, de 10 de mayo de 2013, ante el Notario de Santiago, don Hernán Cuadra Gazmuri, por la que don Daniel Benavente Aninat, vende a don Guillermo Francisco Niedmann Espinoza. La propiedad está cubierta para el pago del impuesto territorial, por los roles de avalúo fiscal: 1125-15 y 1125-16, para la comuna de Pichilemu, a nombre del primero de los nombrados. Esta propiedad tiene la superficie indicada de acuerdo al levantamiento topográfico hecho por don Reynaldo Antonio Lavín González, ingeniero licenciado en ciencias forestales,y cuyo plano se protocolizóel 22 de marzo de 2018,bajo el número 182, repertorio 521 al final del Registro de Instrumentos Públicos de la Notaría de Pichilemu. Lo que se pone en conocimiento de los posibles interesados, para que hagan valer oportunamente sus derechos bajo apercibimiento de acceder a la inscripción de dominio del inmueble solicitad, en proporción a los porcentajes señalados, a favor de los solicitantes: don DANIEL BENAVENTE ANINAT, don CRISTIÁN ANDRÉS MATURANA CAMPOS, y de don GUILLERMO FRANCISCO NIEDMANN ESPINOZA.-

3-4-5 abr.- A. C.

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