Condenan a oficial en retiro del ejército por muerte de locutor radial Archivaldo Morales

Policial

El ministro en visita de causas de derechos humanos de la Corte de Apelaciones de Santiago Mario Carroza Espinosa condenó a un oficial en retiro del Ejército por su responsabilidad en el homicidio del locutor radial Archibaldo Morales Villanueva, ocurrido en octubre de 1973, luego de ser sometido a torturas en el Regimiento Colchagua en la ciudad de San Fernando.

El magistrado condenó al brigadier de Ejército en retiro Eduardo Arriagada Rehren a la pena de 7 años de presidio por su responsabilidad en el homicidio del también propietario de un diario local y que fue detenido en Santiago en septiembre de 1973 y llevado hasta San Fernando, ciudad en la que permaneció detenido en régimen de incomunicación mientras era torturado.

El ministro Carroza Espinosa absolvió a los miembros en retiro de Investigaciones de Chile Hernán Guzmán Allende y José Valladares Salazar.

La investigación del ministro Carroza estableció que: "Que con posterioridad al 11 de septiembre de 1973, el Departamento II que oficiaba de Unidad de Inteligencia en el Regimiento N° 19 "Colchagua" de la ciudad de San Fernando, estableció un sistema de trabajo planificado, organizado y jerarquizado, destinado a identificar, detener y destruir física y moralmente a personas consideradas de alta connotación política, participantes y/o simpatizantes del depuesto Gobierno de Salvador Allende Gossens;

Este Departamento II solo rendía cuenta diaria de su quehacer al Coronel Hernán Brantes Martínez, quien estaba al mando del Regimiento N° 19 "Colchagua" y actualmente se encuentra fallecido, el que para lograr los fines propuestos resuelve intervenir el cuartel de Investigaciones y entregarle el mando al Oficial de Ejército Capitán Ricardo Manríquez Pearson, también fallecido, quien sería finalmente el que utilizaría los recursos materiales y humanos de dicha policía para que colaboraran en las detenciones e interrogatorios, aplicándoles a los civiles normas del estado de guerra y para ello se habilitan las instalaciones del Regimiento como lugar de encierro e interrogación, junto a la unidades de la Cárcel Pública y el Cuartel de Investigaciones, desde donde los prisioneros eran llevados a la presencia del Fiscal Judicial de la época.

El dictamen agrega que, el día 26 de septiembre de 1973, Archibaldo Morales Villanueva, locutor de Radio Manuel Rodríguez de San Fernando, es detenido junto a su amiga Eva Valiente Espinoza, en el domicilio de ésta, ubicado en Santiago, por la Prefectura Móvil de Servicios Especiales de la Policía de Investigaciones, a propósito de una orden emanada del entonces capitán de ejército Ricardo David Manríquez Pearson, Oficial interventor y encargado del Cuartel de la Policía de Investigaciones de San Fernando, que respondía al mando del Coronel Brantes.

Ambos detenidos permanecieron en Santiago en el Cuartel de Investigaciones, hasta que fueron trasladados a la ciudad de San Fernando el día 29 de septiembre de mismo año, oportunidad en que ingresan a la guardia de dicho cuartel de la VI Región, alrededor de las 13:00 horas.

El detenido Archibaldo Morales, conocido en la zona como "Chito Morales", una vez que es interrogado se le traslada hasta la Cárcel Pública de San Fernando, donde permanece incomunicado alrededor de 43 días, sufriendo en el intertanto apremios, torturas e interrogatorios en la Fiscalía Militar, que para esos efectos se había constituido en el Regimiento N° 19 "Colchagua", a cargo del Fiscal Militar, Juan Ramírez.

En la investigación llevada adelante por el ministro Carroza se establece que en el mes de octubre, alrededor de mediodía: "Un grupo de detenidos esperaba ser interrogado por el Fiscal Militar y a Archibaldo Morales se le mantenía en la guardia del Regimiento, con indicios evidentes de haber sido torturado, y al querer incorporarse a la fila para ser interrogado, se desvanece y hubo que llevarle a la enfermería del recinto militar, donde sería atendido por el Médico del Regimiento, el Oficial de Sanidad e integrante del Cuerpo de Inteligencia del Ejército (CIE), doctor Eduardo Adolfo Arriagada Rehren, quien luego de examinarlo, adopta la decisión de inyectarle vía endovenosa un medicamento compuesto de dipiridamol, con el propósito de provocarle una reacción del infarto al miocardio que sentía, pero Morales Villanueva producto de ese fármaco se agrava y fallece momentos después, cuando era trasladado al Hospital de San Fernando, tal como se sostuvo en la pericia médico legal. Considerando el resultado del examen toxicológico que estableció la presencia de barbitúricos y de persantin (dipiridamol) en las muestras óseas de Archibaldo Morales Villanueva, no puede descartarse la participación de terceros en los eventos que determinaron la muerte de la víctima, toda vez que el afectado se encontraba dentro de un recinto penitenciario, por lo menos 43 días previos a su deceso. Que la muerte de Archibaldo Morales Villanueva se produce encontrándose este en calidad de detenido y bajo custodia de agentes del Estado, por lo que su fallecimiento corresponde clasificarse -desde un punto de visto médico legal- como una muerte en custodia".

El certificado de defunción señala como causa de su muerte Paro Cardiaco e Infarto al miocardio el día 12 de noviembre de 1973 a las 13:10 horas"

En el aspecto civil se sentenció al condenado y al Fisco a pagar una indemnización total $ 192.000.000 (ciento noventa y dos millones de pesos) a los familiares de las víctimas./

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