"La legislación que se acaba de aprobar establece la inhabilidad perpetua, de trabajar con menores de edad, para quienes cometan delitos de connotación sexual contra niños"

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Así lo sostuvo la seremi de Justicia y Derechos Humanos, Bárbara Perry, luego de que las Sala de la Cámara aprobará el proyecto que perfecciona el Registro de Ofensores Sexuales: inhabilidad para trabajar con menores será perpetua.

A poco más de 100 días de haber ingresado al Congreso, por 149 votos y de forma unánime, la Sala de la Cámara de Diputados, aprobó el proyecto de ley que mejora el funcionamiento del Registro de Inhabilidades para trabajar con menores de edad, enviándolo a su segundo trámite en el Senado.

La iniciativa fue ingresada el pasado 5 de noviembre de 2018, siendo derivada a la Comisión de Constitución de la Cámara de Diputados, donde fue aprobada en general y en particular por la unanimidad de sus integrantes.

"Es muy grave que haya personas condenadas por delitos sexuales contra menores, y puedan hacer clases en colegios, transportar escolares, o trabajar con niños, niñas y adolescentes en cualquier otra actividad. Con esta iniciativa buscamos proteger a las familias chilenas, para que sus hijos e hijas no se vean expuestos a relacionarse con personas condenadas por estos delitos, haciendo perpetua su inhabilidad para todo tipo de casos", explicó el Ministro de Justicia y Derechos Humanos, Hernán Larraín.

A su vez la seremi explica: "El Presidente Sebastián Piñera nos ha pedido poner a los niños primero, es así que la aprobación de esta legislación, que endurece las penas para los infractores de ley en delitos sexuales cometidos contra los menores, permite cumplir dicho mandato con medidas efectivas de protección que debemos a nuestros niños".

"Anteriormente existía una diferenciación entre inhabilidades temporales o perpetuas, dependiendo si los delitos sexuales se cometían contra niños mayores de 14 o menores de 14 años, respectivamente. La legislación que se acaba de aprobar establece la inhabilidad perpetua, es decir para toda la vida, de trabajar con menores de edad, para quienes cometan delitos de connotación sexual contra niños. Todas estas inhabilidades quedan consignadas en el registro de inhabilidades para trabajar con menores que lleva el registro civil y que está a disposición de cualquier persona ingresando a www.registrocivil.gob.cl y consultar inhabilidades", sostuvo Perry.

En efecto, este proyecto, entre otras cosas, establece el deber de los fiscales de solicitar siempre la pena de inhabilitación absoluta perpetua para trabajar con menores de edad a quienes cometan delitos sexuales contra ellos.

Además, el Fiscal Nacional deberá emitir un Informe Anual con las causas de condena por delitos sexuales contra menores de edad. A su vez, el Ministerio Público y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos deberán publicar el informe en sus respectivas páginas web, resguardando los datos de carácter personal.

Asimismo, la Corte Suprema deberá dictar un protocolo para comunicar las sentencias de condena al Registro Civil, con el objetivo de mantener actualizado el Registro General de Condenas.

Además, con el proyecto aprobado, las Seremías de Educación, y de Transportes y Telecomunicaciones de todo Chile, junto a la Superintendencia de Educación, podrán acceder a ambos registros, para controlar que los colegios no cuenten con personal que haya sido condenado por delitos sexuales contra menores, así como para fiscalizar que los transportistas escolares no hayan sido enjuiciados por estos delitos previamente.

En este sentido, el proyecto aprobado hace obligatorio que todos los años, en el mes de diciembre, el Ministerio de Transportes revise a toda la flota de transportistas escolares del país, para que sus conductores y acompañantes no tengan condenas por delitos sexuales contra menores, cancelándoles los permisos a quienes incumplan la normativa./

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