Juzgados de familia se capacitan en ley de registro deudores pensiones alimentos

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Con la presencia de la ministra de la Corte Suprema, Gloria Ana Chevesich se llevó a cabo la capacitación de la Ley 21.389, que creó el registro nacional de deudores de pensiones de alimentos que entrará en vigencia en noviembre próximo, para los administradores y funcionarios de los juzgados de familia de las jurisdicciones de Rancagua y Talca.

La capacitación, que contó con la asistencia de más de 60 funcionarios, estuvo a cargo de los profesionales de Departamento de Desarrollo Institucional del Poder Judicial, Camila Letelier y Rolando Ossa; Fabrizio Sánchez de la Dirección de Estudios y Paz Espinoza del Departamento de Informática.

La ministra Chevesich señaló que “Con esta ley estamos promoviendo una nueva forma de garantizar los derechos de muchos niños, niñas y adolescentes. La normativa que crea el registra nacional de deudores de pensiones de alimentos, cuyo objetivo es articular diversas medidas para promover y garantizar el cumplimiento de pensión de alimentos, ha significado un avance, pero también un reto enorme para todas las personas llamadas a hacer efectivo su espíritu toda vez que modifica la cultura instalada respecto de quienes por diversas razones han dejado de cumplir con la obligación primordial de cubrir las necesidades básicas de su prole”.

El administrador del Juzgado de Familia de Santa Cruz, Christian Molina, expresó que “La capacitación fue una actividad necesaria por todos los cambios que involucra la Ley 21.389 y que va a significar una mejora en la forma de requerir a las personas para que paguen oportunamente las pensiones de alimentos. La jornada fue una buena oportunidad para los funcionarios que trabajamos en los juzgados de Familia manifestaron nuestras dudas e inquietudes a la forma de cómo va operar el sistema y de cómo tenemos que ir adecuándonos a los cambios y los apoyos que van a ser necesarios para este tipo de trabajos”.

El objetivo de la ley, promulgada en noviembre de 2021, es incentivar al alimentante a priorizar el pago de las pensiones de alimentos por sobre otras deudas, promoviendo el principio de corresponsabilidad parental y salvaguardando siempre el interés superior del niño; es por ello que además ordena a diversos organismos retener y pagar directamente las pensiones adeudadas. La información se encontrará a cargo del Registro Civil, que deberá otorgar certificaciones en línea respecto de los morosos.

Un aspecto importante de la ley es también la modificación, entre otras, a la Ley N° 20.066 de Violencia Intrafamiliar, señalando que constituye violencia intrafamiliar las conductas ejercidas en el contexto de relaciones afectivas o familiares, que vulneren la autonomía económica de la mujer, o la vulneración patrimonial, o de la subsistencia económica de la familia o de los hijos, tal como el incumplimiento reiterado del deber de proveer alimentos.

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