Educación Cívica en Diario Sexta Región: Algunas cosas interesantes que deberías saber sobre la constitución

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Siempre es bueno iniciar por el principio, por lo que, daremos un muy breve resumen de los principales hitos Constitucionales de nuestro país.

Así, iniciaremos este ciclo de artículos en que hablaremos de la nueva Constitución que se espera sea escrita por los Constituyentes que serán electos por sufragio popular los días 15 y 16 de mayo de 2021.

¿SABÍAS QUE LA PRIMERA CONSTITUCIÓN DE CHILE FUE EN 1818?

La Constitución Provisoria de 1818, consagraba el principio de la soberanía nacional, es decir la Nación tiene la facultad de instalar su gobierno y dictar las leyes que lo han de regir.

* Chile quedó dividido en tres provincias: Coquimbo, Santiago y Concepción;

* se reconoce la separación de poderes; un Poder Ejecutivo que fue ejercido por el Director Supremo con amplias atribuciones; un Poder Legislativo que estuvo conformado por un Senado con cinco vocales designados por el Director Supremo, y cuya función era velar por la observancia de la Constitución y las leyes, y un Poder Judicial que fue entregado a un Supremo Tribunal Judiciario y a una Corte de Apelaciones y juzgados subalternos.

A poco andar fue necesario formalizar nuestra carta fundamental, por lo que nació la Constitución de 1822.

Esta establecía que el Gobierno de Chile será siempre representativo, compuesto por tres poderes independientes entre sí: el poder Legislativo (congreso), el poder Ejecutivo (presidente) y el poder Judicial (Jueces). Consagraba también las garantías individuales y declara que todos los chilenos somos iguales ante la ley sin distinción de rango o privilegio, entre otros.

Esta Constitución dejó de regir el 28 de enero de 1823, fecha de renuncia al cargo de Director Supremo de Bernardo O´Higgins.

Luego hubo algunas Cartas Fundamentales de muy corta duración, la de 1823, promulgada el 29 de diciembre de 1823, durante el gobierno del Director Supremo Ramón Freire. Suspendida su aplicación en julio de 1824, rigió formalmente hasta el 10 de enero de 1825.

También la del año 1828, Promulgada el 8 de agosto de 1828 bajo el gobierno de Francisco Antonio Pinto. Su vigencia se extendió hasta el 25 de mayo de 1833.

Los vertiginosos cambios de la época luego dieron origen a una nueva Constitución, la de 1833, Jurada y promulgada el 25 de mayo de 1833, bajo el gobierno de José Joaquín Prieto, fue con esta nueva carta fundamental que se estructura al Estado según las necesidades de la realidad social y política de aquel tiempo y otorga un período de estabilidad importante para el desarrollo del país.

Prácticamente, un siglo después llega La Constitución de 1925, promulgada el 18 de septiembre de 1925 por el Presidente Arturo Alessandri Palma, es sometida a plebiscito el 30 de agosto del mismo año. Ella estableció que el Estado de Chile era unitario, que su gobierno era republicano y democrático representativo. La soberanía reside esencialmente en la Nación, la cual delega su ejercicio en las autoridades que la Constitución establece. Esta Constitución permaneció con modificaciones hasta el año 1980, en que se dictó una nueva carta fundamental, la que fue modificada durante más de 30 años y ahora será reemplazada por la que será escrita por la Convención Constituyente.

¿SABES QUÉ ES, PARA QUÉ SIRVE Y POR QUÉ SE LLAMA CONSTITUCIÓN?

La constitución es básicamente un acuerdo de reglas de convivencia, es decir, una forma de pacto político y social. Se llama así porque es capaz de integrar, establecer, organizar, y conforma las normas que rigen a la sociedad de un país.

Es la ley primordial y superior a cualquier otra que exista en ese país. La redacción de una constitución se basa en el principio de que el poder político de una nación debe ser ejercido de forma racional y organizada. Además, establece una separación de poderes que impide el absolutismo.

¿SABES CÓMO SE ELIGEN LOS CONVENCIONALES CONSTITUYENTES EN CHILE?

Se utiliza como territorio electoral los distritos, es decir, se usa el mismo territorio que para una elección de Diputados.

Para elegir los 155 escaños (incluye 17 cupos reservados para los pueblos originarios) se ha establecido como regla que en los distritos que repartan un número par de escaños, deben resultar electos igual número de hombres y mujeres, mientras que en los distritos que repartan un número impar de escaños, no podrá resultar una diferencia de escaños superior a uno, entre hombres y mujeres. Para conocer quiénes son los candidatos electos, se utiliza un sistema proporcional corregido, denominado el método de D'Hondt.

UN DATO INTERESANTE

Resulta muy interesante que sepas que alrededor del 80% de los candidatos y candidatas a la convención nunca se habían presentado a una elección anterior, y que esta proporción es mayor entre las mujeres, que entre los hombres.
En próximas columnas hablaremos de cuáles son las funciones de la Convención Constituyente, dónde las realizarán, cuál será su remuneración, y cuáles son los plazos y reglas que los regirán.

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