El TAS acogió recurso de Colchagua CD contra Deportes Concepción

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Cuando parecía que todo ya estaba resuelto, aparece esta importante decisión la que tomó en la mañana de hoy jueves el Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS por sus siglas en francés), en la cual acogió la apelación de Colchagua CD contra Deportes Concepción por la irregular inscripción de un jugador en la campaña del año pasado.

Hay que resumir un poco la situación, antes del cierre del campeonato la Primera Sala del Tribunal de Disciplina se decantó a favor del equipo sanfernandino por un contundente cuatro a cero, sin embargo la segunda sala el 2 de diciembre, cambio sorpresivamente la decisión favoreciendo a los lilas por tres a uno, declarando definitivamente el descenso de Colchagua a la Tercera División, el cual ya se había consumado deportivamente.

Ante esta decisión, el club de la herradura optó por elevar la apelación a la instancia superior que, inicialmente, no es reconocida como una instancia válida para dirimir controversias en el fútbol chileno. Sin embargo, ambas partes acordaron una cláusula compromisoria que la conoce.

Durante la mañana de hoy, el TAS acogió el recurso presentado por Colchagua, a través de los abogados Óscar Fuentes y Emilio Díaz. En lo sustancial, el tribunal informa que el procedimiento ha sido asignado a la Cámara de Apelaciones y que “será tramitado de acuerdo al artículo R47 del Código”, posteriormente, la corte da cuenta de que el procedimiento será acelerado, en virtud del acuerdo suscrito por ambas partes, de conformidad con el artículo R52 del mismo código.

La ANFP y Colchagua CD tienen hasta el martes para fijar un calendario procesal para dirimir la controversia. En caso de que esto no ocurra, será determinado por el Presidente de la Cámara o el Árbitro Único. El dictamen debe conocerse antes del inicio de la temporada 2022 de la Segunda División.

Colchagua tiene diez días hábiles (desde que se conoció la declaración) para remitir al TAS un escrito que relate los hechos y sus argumentos jurídicos que respalden la apelación, acompañando sus respectivas pruebas. De no cumplir con el plazo, se entenderá que la apelación fue retirada.

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