NOTIFICACIÓN

Avisos Legales

Juzgado de Familia de San Fernando, causa Rit C-1180-2018 RUC 18-2-1038960-8, demanda de Cuidado Personal de Niños, "ESPINOZA CON LIZANA"; Resolución 04 de Mayo de 2019, ordenó notificar por aviso extractado, demanda y proveído a MARÍA ISABEL LIZANA PINTO, 17.211.266-8, domicilio desconocido y a don ANGEL HUMBERTO MONTECINO ESPINOZA, 13.788.038-5, domicilio desconocido. DEMANDA: EN LO PRINCIPAL: Demanda de Cuidado Personal Definitivo de niños; PRIMER OTROSI: Acompaña documentos; SEGUNDO OTROSI: Beneficio de Asistencia Jurídica; TERCER OTROSI: Patrocinio y Poder. S. J. de Familia de San Fernando, IRMA DEL CARMEN ESPINOZA NORAMBUENA, Cédula Nacional de Identidad N°8.274.566-1, con domicilio en Manzana 15 N°8, Población 18 de Septiembre, San Fernando, deduce demanda por el Cuidado Personal de su nieta MICHELLE ANDREA MONTECINO LIZANA, en contra de su madre doña MARÍA ISABEL LIZANA PINTO,
temporera, Cédula Nacional de Identidad N° 17.211.266-8, con domicilio desconocido y en contra de su padre don ANGEL HUMBERTO MONTECINO ESPINOZA, temporero, Cédula Nacional de Identidad N° 13.788.038-5, con domicilio desconocido. PROVEÍDO: San Fernando, catorce de noviembre de dos mil dieciocho. A LO PRINCIPAL: Por interpuesta demanda de cuidado personal. Vengan las partes personalmente a la audiencia preparatoria el día 27 de diciembre de 2018, a las 09:00 horas, sala 1, patrocinados por abogados habilitados para el ejercicio de la profesión y representada legalmente por persona habilitada para actuar en juicio, bajo apercibimiento de afectarle a la parte inasistente, todas las resoluciones que se dicten en este proceso, sin necesidad de notificación posterior, de acuerdo con el artículo 59 de la ley 19.968. En la audiencia preparatoria fijada, las partes deberán nombrar claramente la prueba de la que piensen valerse (incluyendo ello, una lista que contenga el nombre, apellidos, domicilio, teléfono, profesión u oficio y número de cédulas de identidad de las personas que servirán de testigo), la que se rendirá posteriormente en la audiencia de juicio que se fije al efecto. AL PRIMER OTROSÍ: Téngase por acompañado el documento. Incorpórese jurídicamente los documentos en la audiencia respectiva. AL SEGUNDO OTROSÍ: Téngase presente el Beneficio de Asistencia Jurídica gratuita. AL TERCER OTROSÍ: Téngase presente el patrocinio y poder, y forma de notificación sólo respecto de las contempladas en el artículo 23 de la ley 19.968 que no deban practicarse por el estado diario. Dicha notificación deberá practicarse con una antelación de 15 días a la fecha de la audiencia preparatoria. Se hace presente al demandado que deberá ponerse en contacto con su abogado a la brevedad posible o con a lo menos 15 días de antelación a la audiencia a fin de que pueda ejercer si estima pertinente su derecho a contestar la demanda y/o demandar reconvencionalmente en forma escrita con a lo menos 5 días de anticipación a la fecha de la audiencia, o excepcionalmente en forma verbal dentro del mismo plazo. Incluida en el estado diario. CITACION AUDIENCIA PREPARATORIA: San Fernando, catorce de agosto de dos mil diecinueve. Como se pide, se reprograma audiencia preparatoria para el día 7 de octubre de 2019, a las 11:00 horas, sala 2, patrocinados por abogados habilitados para el ejercicio de la profesión y representada legalmente por persona habilitada para actuar en juicio, bajo apercibimiento de afectarle a la parte inasistente, todas las resoluciones que se dicten en este proceso, sin necesidad de notificación posterior, de acuerdo con el artículo 59 de la ley 19.968. Apercíbase que de no concurrir el día y hora fijados, se entenderá como falta de interés en el litigio y la causa se abandonará de plano, en virtud de lo dispuesto en el artículo 13 de la ley 19.968.Se hace presente que la parte demandante goza de privilegio de pobreza, se reitera notificación por aviso, por lo que las publicaciones deberán ser sin costos. Firma el Juez que encabeza el pie de firma digital. Notifíquese a la demandante por intermedio de su abogado vía correo electrónico. Notifíquese al abogado designado, vía correo electrónico. San Fernando, 19 de agosto de 2019. Ministro de Fe-Juzgado de Familia de San Fernando.

 

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