Educación Cívica en Diario Sexta Región: Temas relevantes acerca de los Gobernadores Regionales

Columnas y Artículos

Estimados lectores, tal como lo habíamos anunciado en anteriores columnas, el presente ciclo de Educación Cívica lo iniciaremos conversando de la nueva figura política, administrativa territorial que ha aparecido en el espectro de autoridades políticas del Estado de Chile, estos son los Gobernadores Regionales.

Conversaremos de temas como su origen, elección, funciones y tiempo que dura su mandato. También analizaremos qué pasará con los actuales Intendentes, con los Consejos Regionales y las nuevas autoridades administrativas que se crearán, tales como el Delegado Presidencial Regional, o el Delegado Presidencial Provincial, entre otro temas relacionados.

¿Cuál es el origen del cargo de Gobernador Regional?

El cargo nace de la propia Constitución Política de la República, gracias a una modificación que se introdujo en el año 2017.

En la misma Constitución Política, artículo 111 y siguientes, se establece el Gobierno y Administración Regional, destacando la forma de organización, sus funciones y cómo se elegirá a la autoridad Regional.

¿Cómo se elige al Gobernador Regional?

Esta nueva Autoridad Regional será elegida por sufragio universal, en votación directa, esto significa que todos los ciudadanos que cumplan con los requisitos para sufragar podrán votar en esta elección.

Resultará electo el candidato a Gobernador Regional que logre la mayoría de los votos válidamente emitidos, esto significa que no se considerarán los votos blancos y nulos.

Para resultar electo, el candidato no sólo debe obtener más votos que los demás, sino que también debe obtener al menos el 40% de los sufragios válidamente emitidos. Si a la elección se presentaron más de dos candidatos y ninguno obtuvo el 40% de los votos válidamente emitidos, se deberá realizar una segunda votación entre los dos más votados.

Este próximo domingo 13 de junio de 2021, se realizará la primera segunda votación de este tipo en el país. En esta elección podrán votar todos los electores que estuvieron habilitados para las elecciones del 15 y 16 de mayo de 2021. El sufragio es voluntario.

Si te desempeñaste como Vocal de Mesa el día 16 de mayo pasado, deberás desempeñar la misma función en esta nueva elección.

Quien resulte elegido, durará cuatro años en el ejercicio de sus funciones, y podrá ser reelegido consecutivamente sólo para el período siguiente.

UN DATO INTERESANTE

Es la primera elección en que se permitirá que las Mesas Receptoras de Sufragios funcionen con sólo con dos vocales si a las 9 de la mañana no se han reunido los tres que la ley permanente exige.

¿Cuáles son los requisitos para ser candidato a Gobernador Regional?

Para ser candidato se exigirán los siguientes requisitos:

  1. Ser ciudadano con derecho a sufragio.
  2. No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones o cargos públicos.
  3. No tener la calidad de persona deudora sujeta a un procedimiento concursal de liquidación ni de condenada por crimen o simple delito.
  4. Haber cursado la enseñanza media o su equivalente.
  5. Residir en la región respectiva, a lo menos dos años antes de la elección.
  6. No estar afecto a alguna de las inhabilidades que establece la ley.

No puede ser gobernador regional quien tenga dependencia de drogas estupefacientes o sicotrópicas ilegales, salvo justificación médica.

UN DATO INTERESANTE

Las únicas elecciones en Chile en que el candidato electo debe obtener un mínimo de sufragios es la Elección Presidencial (50%) y la de Gobernador Regional (40%)

¿Cuál será la principal misión del Gobernador Regional?

El Gobernador Regional es el órgano ejecutivo del Gobierno Regional. Le corresponderá Presidir el Consejo Regional. Deberá coordinarse con los demás órganos y servicios públicos. Le corresponderá también la coordinación, supervigilancia o fiscalización de los servicios públicos que dependen o se relacionan con el Gobierno Regional.

Además, deberá asignar los recursos de los programas de inversión del Gobierno Regional, de los programas de inversión sectorial de asignación regional y aquellos que corresponda en virtud de transferencias de competencias que haga el Presidente de la República.

También convocará al consejo regional y disponer la citación a las sesiones.

Dentro de las principales funciones encontramos

  • Formular políticas de desarrollo de la región, considerando las políticas y planes comunales respectivos.
  • Someter al consejo regional las políticas, estrategias y proyectos de planes regionales de desarrollo y sus modificaciones.
  • Someter al consejo regional el proyecto de presupuesto del respectivo gobierno regional.
  • Representar judicial y extrajudicialmente al gobierno regional, pudiendo ejecutar los actos y celebrar los contratos de su competencia o los que le encomiende el consejo.
  • Nombrar y remover a los funcionarios que la ley determine como de su confianza.
  • Velar por el cumplimiento de las normas sobre probidad administrativa.
  • Coordinar, supervigilar o fiscalizar, según corresponda, a los servicios públicos que dependan o se relacionen con el gobierno regional respectivo.
  • Promulgar, previo acuerdo del consejo regional, el plan regional de ordenamiento territorial, los planes reguladores metropolitanos e intercomunales, comunales y seccionales y los planos de detalle de planes reguladores intercomunales.
  • Presidir el consejo regional.

DATO INTERESANTE

Las remuneraciones del Presidente de la República, de los senadores y diputados, de los gobernadores regionales, entre otros cargos públicos, serán fijadas, cada cuatro años y con a lo menos dieciocho meses de anticipación al término de un período presidencial, por una comisión conformada especialmente al efecto.

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