El teletrabajo, la pandemia y los derechos de los trabajadores

Columnas y Artículos

El teletrabajo, en el actual contexto de aislamiento social provocado por la pandemia de Covid 19 se ha impuesto como la manera de realizar las actividades laborales para un gran número de trabajadores.

Si bien esta forma de trabajo ya era una realidad para muchas personas, la pandemia ha estimulado su extensión a un número aún mayor de trabajadores incluyendo a grupos que no tenían esta opción entre las formas en que realizaban su actividad destacándose entre otros sectores a los profesores.

El trabajo a distancia se define legalmente como aquel en el que el trabajador presta sus servicios, total o parcialmente, desde su domicilio u otro lugar o lugares distintos de los establecimientos, instalaciones o faenas de la empresa, y se denomina teletrabajo si los servicios son prestados mediante la utilización de medios tecnológicos, informáticos o de telecomunicaciones o si tales servicios deben reportarse mediante estos medios.

La ley que regula esta forma de trabajar ha generado polémica, debido a que diferentes actores sociales consideran insuficientemente protegidos los derechos de los trabajadores. Entre otros problemas detectados, la experiencia internacional ha mostrado que las jornadas laborales se extienden sin reconocimiento de las horas extras generadas, que el hecho de trabajar en la casa genera interferencias en la vida familiar de los trabajadores; que muchas veces los trabajadores no tienen condiciones adecuadas para realizar su trabajo en su hogar e incluso estudios estiman que puede generar retrocesos en la igualdad de género, por ejemplo el hecho de que las mujeres estén en casa durante el día, da a sus compañeros una excusa más para desligarse de las actividades domésticas.

El 26 de marzo se publicó en Chile la ley 21.220 que regula el trabajo a distancia y el teletrabajo. Las autoridades señalaron que la normativa protegerá a quienes se han visto forzados por la cuarentena a trabajar desde casa y permitirá, en el futuro, "darle más oportunidades y libertad a los trabajadores". Esta promesa es engañosa. Si bien el teletrabajo otorga algunos beneficios, puede llevar a un deterioro de las condiciones laborales. La nueva ley, que fue promulgada con apuro y sin el acuerdo de las organizaciones sindicales, como la CUT, está lejos de hacerse cargo de este riesgo.

Desde comienzos del mes en curso la ley de teletrabajo está vigente también para quienes ya realizaban teletrabajo desde antes del 26 de marzo, por lo que sus regulaciones debieran cumplirse para todos los trabajadores que se encuentran laborando en esta modalidad en el país.

Uno de los aspectos importantes que la ley señala es que "Los equipos, las herramientas y los materiales para el trabajo a distancia o para el teletrabajo, incluidos los elementos de protección personal, deberán ser proporcionados por el empleador al trabajador, y este último no podrá ser obligado a utilizar elementos de su propiedad. Igualmente, los costos de operación, funcionamiento, mantenimiento y reparación de equipos serán siempre de cargo del empleador.

Más allá de la opinión que cada cual tenga respecto del teletrabajo, y haciéndose cargo de que es una realidad que afecta a un número significativo de trabajadores, lo importante es que las autoridades lo promuevan sin sobre dimensionar sus beneficios y sobre todo haciéndose cargo de que exista un adecuado nivel de fiscalización para que se respeten los derechos de los trabajadores.

Es de público conocimiento que existen numerosos trabajadores que han debido asumir el teletrabajo con sus propios equipos computacionales, sus propios planes de internet, escritorios, y otros medios que no siempre tienen la ergonomía adecuada, entre otras situaciones, muchos de estos aspectos están claramente indicados en la ley 21220 y no son respetados por los empleadores o exigidos por los trabajadores por desconocimiento u otras razones.

Esperamos de las autoridades y en especial del Seremi y de la Inspección del Trabajo una fiscalización y promoción activa de los derechos de los trabajadores en esta nueva modalidad laboral y que se incluyen en esta nueva ley, más allá de limitarse a esperar denuncias de los trabajadores que vean vulnerados sus derechos.

Gabriel Rojas Oyarce
Contador Público y Auditor
Licenciado en Auditoria
Dirigente PC San Fernando

Rancagua

22°

Soleado
San Fernando

23°

Soleado
San Vicente

19°

Soleado
Pichilemu

16°

Soleado
Santa Cruz

23°

Soleado